¿Qué rentabilidad dan los Fondos de Inversión?
Los Fondos de Inversión no tienen una rentabilidad preestablecida sino que dependen de las rentabilidades que ofrezcan las inversiones que se constituyen con las aportaciones de los partícipes.
¿Cuántos Fondos de Inversión puedo tener?
No hay limitación legal y, por lo tanto, puede repartir sus inversiones en tantos Fondos de Inversión de
¿Cuál es el ahorro fiscal que se obtiene con los Fondos de Inversión?
Los partícipes de los fondos de inversión se benefician de un régimen de traspasos que permite el aplazamiento de la tributación en el Impuesto sobre la Renta (IRPF) cuando el importe obtenido del reembolso de la participación en un fondo de inversión se destine a la adquisición o suscripción de otros fondos de inversión. Este régimen fiscal es exclusivo de los fondos de inversión o determinadas formas de inversión y constituye una ventaja adicional que no tienen otras formas de inversión.
En el momento del reembolso, se aplicará una retención a cuenta del IRPF sobre las plusvalías que se obtengan, según la normativa fiscal vigente.
La diferencia entre el importe obtenido en el reembolso de participaciones y el satisfecho en la adquisición es una ganancia/pérdida patrimonial que se integrará en la base imponible del ahorro sobre la que se aplica el tipo de tributación, independientemente del plazo en que se haya generado esta ganancia/pérdida patrimonial (incluso si se ha generado en un periodo inferior a un año).
Tributación desde el 1 de enero de 2012:
Los intereses recibidos se consideran rendimientos de capital mobiliario. Se integran en la base imponible del ahorro, la cual, según la normativa actual, tributa en función de su importe total. Los primeros 6.000 euros al 21%, entre 6.000 y 24.000 euros al 25% y sobre el exceso de los 24.000 euros al 27%.
Además, en el momento de recibir los intereses, el importe íntegro está sujeto a una retención del 21%.
En cuanto a los coeficientes reductores de plusvalías generadas por la transmisión de participaciones adquiridas antes de 1994, se respeta la aplicación de los coeficientes reductores sobre la parte de la plusvalía total generada con anterioridad al 20 de enero de 2006 y se suprime la aplicación sobre la parte de plusvalía generada a partir de esta fecha. (Esta modificación, en la forma de cálculo de la plusvalía, se aplicará sobre todos los reembolsos realizados desde el 20 de enero de 2006).
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